"Es
ridículo que hasta un día antes de cumplir años no pueda hacer un trámite solo
y al otro día ya pueda elegir al presidente o ir preso", cuestiona Lucas.
"Nosotros no somos ni chicos ni adultos, pero convengamos que a los 16 o
17 podés generar en la sociedad las mismas cosas que a los 18", reflexiona
Rocío.
Lucas milita
en el MST desde los 15 y hace poco organizó la toma de su colegio en reclamo
por las reformas de la currícula previstas por el gobierno porteño. Rocío cursa
cuarto año en una institución privada de Devoto y nunca militó. Ambos celebran
los avances respecto de la figura del adolescente que plantea el proyecto del
Nuevo Código Civil, que les otorgará derechos y obligaciones progresivas y que,
según algunos especialistas, incluso podría sentar las bases para permitir el
voto a partir de los 16.
Los cambios
El proyecto
de Código Civil Unificado se orienta en la misma línea que la Convención sobre
los Derechos del Niño. De allí se desprende el concepto de "capacidades
progresivas".
"El
proyecto otorga a los adolescentes, es decir a los mayores de 13 años, mayores
capacidades para decidir en toda cuestión que atañe a su persona y sus bienes,
de acuerdo a su madurez y desarrollo; asimismo, que esa voluntad sea tenida en
cuenta e, incluso, en ciertas oportunidades, resolver conforme a dicha
voluntad. En ello consiste la capacidad progresiva", explica la doctora
Graciela Medina, camarista federal civil y comercial, titular de derecho de
familia en la UBA y colaboradora en la redacción del nuevo Código.
"Lo que
se busca es garantizar la participación del menor en determinados actos
jurídicos, lo que implica, en la práctica, ampliar su capacidad de obrar",
agrega Medina.
En el
artículo 26 del proyecto, redactado por la Comisión de Reformas que encabeza el
presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, se define al
adolescente como la "persona menor de edad que cumplió TRECE (13)
años". Desde esa edad y hasta los 16, el nuevo Código estipula que el
adolescente "tiene aptitud para decidir por sí respecto de aquellos
tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan
un riesgo grave en su vida o integridad física". Luego de los 16 años,
"el adolescente es considerado como un adulto para las decisiones
atinentes al cuidado de su propio cuerpo".
Más derechos
Pero el
Nuevo Código no sólo se ocupa de los aspectos físicos de los jóvenes. También
se contemplan otros derechos, por ejemplo, a la hora de conocer su identidad
biológica.
"El
adoptado adolescente está facultado para iniciar una acción autónoma a los
fines de conocer sus orígenes", reza el artículo 596. "El proyecto de
Código Civil protege el derecho de conocer los orígenes cuando se trata de una
adopción y lo prohíbe cuando se trata de fertilización asistida o maternidad
por otro", aclara Medina.
El voto a los 16
Algunos
especialistas afirman que estas capacidades progresivas podrían servir, a su
vez, como base para garantizar el voto a partir de los 16 años, proyecto que
comenzará a debatirse esta semana en la Cámara de Senadores.
"El
Código no dice nada sobre la votación, pero hay que ser muy inocente para no
relacionarlo. Yo no entendía por qué le daban tanto reconocimiento a los
adolescentes. Ahora lo comprendo", reflexiona Adriana Martínez Bedini,
abogada especialista en derecho de familia y asesora de María Eugenia Vidal,
vicejefa de gobierno porteño.
"El
Código no dice nada sobre la votación, pero hay que ser muy inocente para no
relacionarlo"
Adriana
Martínez Bedini
Martínez
Bedini valora los avances en relación con la autonomía progresiva. "Se
busca es una democratización de la familia y se le da un peso importancia a la
opinión del adolescente", destaca.
Sin embargo,
no está de acuerdo con la posibilidad del voto a los 16. "Creo que se los
desprotege. Se les da tantos derechos que se los trata como a un adulto. Los
adolescentes no están preparados desde la instrucción cívica y son fácilmente
manipulables. Van a poder elegir al Presidente, pero no salir del colegio sin
autorización".
Niegan el vínculo
Graciela
Medina, por su parte, niega que el Nuevo Código legitime el voto a los 16 años.
"De ninguna manera el reconocimiento de la capacidad progresiva del menor
permite aceptar que este tiene capacidad para elegir al Presidente de la Nación
a la edad de 16 años, ya que en el ámbito jurídico sólo se le reconoce
competencia para las decisiones que afectan al adolescente a título personal y
no se les da ninguna capacidad para realizar actos que afectan a toda la
comunidad", sostiene.
"Si se
quiere facultar al adolescente a votar al Presidente, se debería comenzar por
autorizarlo a votar al presidente de las Sociedades comerciales, cosa que a
nadie en su sano juicio se le ha ocurrido hacer", enfatiza la camarista.
El voto a
partir de los 16 años a nivel nacional se debate en el Congreso y algunas
provincias ya lo tienen en cuenta. Es sólo otro ejemplo de cómo los
adolescentes juegan un rol cada vez más activo en la sociedad.
Por Tomás Rivas | LA NACION
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